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Novedades de la Reforma de Ley de Seguridad Vial

2009-07-15 17:14:08

La nueva Reforma de Ley Seguridad Vial saldrá a la calle de manera inminente con ambiciosos propósitos orientados a seguir reduciendo la siniestralidad en nuestras carreteras. Medidas como el fuerte aumento de las multas por la instalación de inhibidores de radares, o la agilización de la ejecución de las sanciones, entre las principales novedades del nuevo texto.

Una de las claves de la renovada Ley de Seguridad Vial radica en la simplificación del proceso sancionador, que implicará que se notificará la sanción a través de un solo aviso, bien por la vía postal tradicional o bien por correo electrónico, si estuviera a disposición de la Administración. La pasada Ley recogía la opción de un segundo aviso con lo que la ejecución de sanciones se dilataba en el tiempo hasta el punto de no poder llegar a cobrarse nunca (esto ha llegado a afectar al 30% del volumen total de infracciones).

A la hora de liquidar las sanciones también se premia la rapidez en los pagos de los infractores, ya que las compensaciones por pronto pago aumentan del 30% al 50% dentro de los 15 días siguientes al momento de la sanción. Otro elemento fundamental del nuevo texto hace hincapié en la figura del conductor habitual, que adquiere un peso específico como responsable de las posibles infracciones cometidas gracias a un nuevo registro que se incorpora a los ficheros de Tráfico. Si no se registra esta figura, el responsable de cualquier infracción será automáticamente el titular del vehículo. En el caso de los vehículos de alquiler, esta figura permitirá al arrendatario identificar fácilmente ante la Administración al conductor del vehículo en el momento de la infracción.

En cuanto a las novedades en el catálogo de sanciones, destaca el fuerte aumento de las multas por llevar inhibidores de radares, que podrá llegar a multarse con 6000 euros. También será sancionado quien lleve una matrícula sucia o difícilmente legible de cara al registro de los radares de Tráfico, mientras que el castigo por exceso de velocidad pierde la tolerancia actual de hasta 10 km/h de margen sin sanción si se circula por encima de la velocidad permitida. La nuevo Ley sanciona la velocidad por encima del límite de la vía a partir de 1 km/h, de manera que en un tramo donde puede circularse a 120 km/h, la sanción podrá aplicarse en cuanto el vehículo alcance los 121 km/h.

 
 
         
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